La Policía Nacional del Ecuador, a través de la Unidad Nacional de Acopio de Indicios y Evidencias de la Dirección General de Investigación, llevará a cabo el proceso de chatarrización de un total de 16.356 automotores, 154.641 bienes y 9 chasis, considerados como obsoletos, los cuales se encuentran en los centros de acopio de indicios y evidencias, en varias provincias del país y que han sido aprehendidos, recuperados e incautados en los diferentes operativos policiales.

El proceso de chatarrización y destrucción que se ejecutará es con la finalidad de evitar el hacinamiento y colapso de los centros de acopio de indicios y evidencias de la Policía Nacional del Ecuador, así como evitar la contaminación ambiental y visual de dichos centros.

De los 16.356 automotores, 2.765 son vehículos y 13.591 son motocicletas, bienes que han sido ingresados a los patios institucionales hasta el 31 de diciembre del 2022; automotores que presentan adulteración en sus series alfanuméricas de motor y chasis, así como de aquellos que han participado en hechos delictivos y que luego de pasar la fase investigativa y judicial ingresan al proceso de chatarrización y destrucción.

Estos automotores actualmente se encuentran en los Patios de Retención Vehicular en las provincias de Esmeraldas, Sucumbíos, Carchi, Imbabura, Pichincha, Orellana, Napo, Tungurahua, Cotopaxi, Pastaza, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Los Ríos, Galápagos, Azuay, Cañar, Loja y El Oro.

Es así que la Unidad Nacional de Acopio de Indicios y Evidencias de la Dirección General de Investigación, socializa el listado de automotores en la página web institucional, redes sociales oficiales y en un medio de comunicación impreso de circulación nacional en su edición del jueves16 de enero de 2025, con la finalidad de que la ciudadanía pueda verificar reconocer y solicitar algún automotor o bien de su pertenencia, dentro del plazo de 15 días, posterior a la publicación, justificando con la documentación respectiva su propiedad ante los operadores de justicia.

Link de listado de automotores y bienes: http://surl.li/ixgncr

Este proceso de chatarrización se desarrolla en cumplimiento al artículo 87 de la Constitución de la Republica del Ecuador, en concordancia con lo determinado en los artículos 469, 449 numeral 9 y Disposición General Novena del Código Orgánico Integral Penal, así como lo señalado en el artículo 30 del Código Orgánico de la Función Judicial, Protocolo de Centro de Acopio, numeral 6.7 literal b), constante en la Resolución No. 073-FGE-2014, de fecha 07 de agosto del 2014, emitida por la Fiscalía General del Estado.

Por su parte, la institución guardiana del orden avanza en el desarrollo de procesos que involucren a la ciudadanía, a fin de lograr su participación activa, garantizando el derecho de la propiedad, debido proceso e información establecido en la Constitución de la República del Ecuador y demás leyes vigentes. /DIGIN/DIRCOM.